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    Derechos y Deberes

    Derechos y Deberes

    Derechos

    Los consumidores financieros tendrán durante todos los momentos de su relación con la entidad, en desarrollo del principio de debida diligencia, los siguientes derechos:

    a) Ser informados de manera cierta, suficiente, clara y oportuna de las condiciones del sistema general de Pensiones, de las diferentes modalidades de pensión.

    b) Seleccionar el régimen y elegir la administradora de fondos de pensiones y trasladarse voluntariamente, tanto de régimen como de administradora, conforme a las normas vigentes sobre la materia.

    c) Conocer la información de tiempos reportados y/o cotizados por los empleadores, así como los ingresos base de cotización.

    d) Acceder a herramientas financieras que la entidad decida ofrecer con el objeto de permitir al consumidor financiero conocer cálculos preliminares sobre el posible monto de su pensión.

    e) Recibir una adecuada educación respecto a los productos y servicios ofrecidos por CAXDAC, los costos de los productos de crédito del Fondo Extralegal y la rentabilidad de los ahorros. Sus derechos y obligaciones así como los mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos.

    f) Exigir la debida diligencia, asesoría e información en la prestación de los servicios ofrecidos por CAXDAC.

    g) Recibir de la entidad productos y servicios con estándares de seguridad y calidad, de acuerdo con las condiciones ofrecidas y las obligaciones asumidas por CAXDAC.

    h) Tener a su disposición publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características propias de los productos o servicios ofrecidos y/o suministrados. En particular, la información suministrada por la entidad deberá ser de tal forma que permita y facilite su comparación y comprensión frente a los diferentes productos y servicios ofrecidos en el mercado.

    i) Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante la entidad, el Defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación.

    Deberes

    Igualmente los consumidores financieros tendrán los siguientes deberes:

    a) Informarse adecuadamente de las condiciones del Sistema General de Pensiones, del nuevo sistema de administración de Multifondos y de las diferentes modalidades de pensión.

    b) Aprovechar los mecanismos de divulgación utilizados por la entidad para conocer el sistema general de pensiones, sus derechos y obligaciones.

    c) Emplear la debida atención y cuidado al momento de tomar decisiones, como son, entre otras, la afiliación, el traslado de administradora o de régimen. Las decisiones del consumidor financiero deberán contener la manifestación expresa de haber recibido la capacitación e información requerida para entender las consecuencias de la misma.

    d) Leer y revisar los términos y condiciones de los formatos de afiliación o traslado a las AFPS cuando decidan trasladarse al régimen de ahorro individual, así como diligenciar y firmar cualquier otro documento que se requiera dentro del Sistema General de Pensiones.

    e) Reconocer y aceptar que las decisiones que se tomen dentro del SGP manifestadas a través de documentos firmados o de otros medios idóneos autorizados para ello, implicarán la aceptación de los efectos legales, costos y demás consecuencias derivadas de las mismas, asi mismo el silencio o la no toma de decisión.

    f) Mantener actualizada la información que requiere CAXDAC tal como, dirección, teléfono, correo electrónico y empleador entre otras. Informarse sobre los medios dispuestos por CAXDAC para la atención de sus peticiones, solicitudes, quejas o reclamos.

    g) Informar a CAXDAC oportunamente cuando haya optado por el traslado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o al ISS.

    h) Propender por el uso de los mecanismos dispuestos por CAXDAC para la educación financiera y previsional, así como para la actualización de información.

    i) Entregar la información exigida para la vinculación, para el reconocimiento de prestaciones y para el control de lavado de activos y financiación del terrorismo.

    En todo caso, durante la vigencia de la relación del afiliado con CAXDAC, este podrá solicitar la información que considere relevante y que razonablemente requiera para tomar decisiones informadas en relación con su participación en cualquiera de los dos regímenes del SGP o relacionados con la utilización de los servicios y/o productos.